domingo, 13 de abril de 2008

Responsabilidad notarial. Parte 2. Cuadro de casos.

Continuando con el tema de la responsabilidad notarial y vistos los 4 tipos principales de responsabilidad en que pueden incurrir los fedatarios, a continuación presentamos un cuadro ilustrativo de los principales actos u obligaciones de los notarios en los términos de la Ley del Notariado del Estado de Yucatán y los tipos de responsabilidad en que se puede incurrir. En este cuadro no se incluyen los casos de responsabilidad fiscal que trataremos en otros apuntes de este mismo tema.
Obligación o acción del notario Tipo (s) de responsabilidad (es)
Guardar absoluta reserva (Art.8 LNEY)Penal. Revelación de secretos. (Art. 218 Cod.Pen.Yuc.). Administrativa
Ejercer sus funciones en cualquier lugar del Estado (Art. 22 LNEY) Penal. Usurpación de funciones (Art. 290 Cod.Pen.Yuc.). Administrativa
Contar con patente para ejercer como notario (Art. 26 LNEY) Penal. Usurpación de funciones. Administrativa
Otorgar fianza para responder de su desempeño (Arts. 27 fracc.III, 28, 30, 31 LNEY) Civil (daños y perjuicios) (Arts. 1280-1281 Cod.Civ.Yuc.). Administrativa
Permanecer en su notaría 5 horas todos los días excepto sábado, domingo y festivos (Art. 34 LNEY) Administrativa
Actuar en los casos que la ley le obliga a rehusarse (art. 37 LNEY) Responsabilidad Penal por usurpación de funciones. Responsabilidad civil (daños y perjuicios) si el acto se anula. Responsabilidad administrativa
Recibir depósito de dinero o documentos que representen numerario (Art. 39 LNEY) Penal (Abuso de confianza. Art. 318 od.Pen.Yuc.) si dispone del dinero. Administratitva
Intervención personal (Art. 42 LNEY) Penal por usurpación de funciones. Administrativa
Autorizar actos o contratos oscuros o ambigüos (Art. 44 LNEY)Civil (daños y perjuicios). Administrativa
Cumplir obligaciones previas a la autorización (Art. 45 LNEY) Civil (daños y perjuicios) si se decreta la nulidad. Penal (no cerciorarse identidad) Falsificacion de documentos (Arts. 281,282, 283, 284 fracc.I Cod.Pen.Yuc.) Administrativa
Usar libros del protocolo sin autorización del Consejo de Notarios(Arts. 74-75 LNEY)Civil (daños y perjuicios) si se declara la nulidad que es absoluta tratándose de testamentos. Penal (Usurpación de funciones. Falsificación de documentos). Administrativa
Permitir salgan libros protocolo de la notaría sin autorización (Art. 78 LNEY) Administrativa
Asentar las anotaciones marginales en el libro protocolo (Arts. 96, 97, 98, 99 100, 102 LNEY) Civil (daños y perjuicios) si no consta la autorización del acta notarial. Administrativa (demás casos)
Cerciorarse de la representación de quienes comparecen por otro. (Arts. 111, 112, 113, 114 LNEY) Civil (daños y perjuicios) si se declara la nulidad. Penal (Falsificación de documentos). Administrativa
Protocolización de contratos u otros documentos (Arts. 115, 116, 118,120,121 LNEY) Civil (daños y perjuicios) si se declara la nulidad. Administrativa
Contratos relativos a bienes raíces (Arts. 123, 124, 125 LNEY)Civil (daños y perjuicios). Administrativa
Expedición de testimonios (Arts. 128, 129, 130 LNEY) Penal (Falsificación de documentos). Administrativa
Obligación de inscribir testimonios en los registros correspondientes (Art. 131 LNEY)Civil (daños y perjuicios) Art. 1433 fracc.II Cod.Civ.Yuc.Administrativa
Actos notariales fuera de protocolo (Art.135 LNEY) Civil (daños y perjuicios). Administrativa

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